Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1871-1872 (Cortes de 1871 a 1872)
Sesión: 17 de junio de 1871
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. Ortiz de Zárate
Número y páginas del Diario de Sesiones 65, 1.750, 1.751
Tema: Preguntas del Sr. Ortiz de Zárate sobre dimisión de un catedrático de la universidad, que es al mismo tiempo Diputado; sobre devolución de armas en Apellaniz y sobre libertad de predicar los párrocos en el púlpito

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): El Sr. Ortiz de Zárate, que ha venido hoy convertido en un catecismo, ha dirigido varias preguntas al Gobierno. A la primera, apenas puede contestar el Gobierno, porque no sabe a qué catedrático se refiere; pero de todos modos, sea el que quiera el catedrático, ya sabe el Sr. Ortiz de Zárate que eso no detiene la marcha universitaria, porque cada catedrático en propiedad tiene su sustituto que le reemplaza, cuando por cualquier circunstancia no puede asistir a sus deberes de catedrático; de modo que la preocupación que el señor Ortiz de Zárate tiene de que ese catedrático, sino se cubre inmediatamente su vacante podrá producir graves inconvenientes a la marcha regular de la Universidad, debe tranquilizarle, porque no sucede eso: los exámenes y los grados se verificarán de la misma manera; y ya sabe que tiene que suceder eso, porque no se sustituye fácilmente a un catedrático como a un empleado que no necesita las condiciones y requisitos que un catedrático; mientras se hacen las oposiciones o concursos, y se cumple con las reglas establecidas para proveer esas cátedras, siempre resultan ese vacío que S. S. nota y que tan preocupado le tiene: pierda su señoría cuidado que, en último resultado, se proveerá la vacante; y aun cuando no se provea inmediatamente, no ha de detenerse la marcha regular de la Universidad.

La segunda pregunta, francamente, la creo de tan pequeña importancia, que no me parecía digna de tratarla en este sitio. El venir a preguntar si estoy dispuesto a que se devuelva una escopeta a un caballero particular, que vive en un pueblo de la provincia de Álava, me parece que no es serio, no es digno de la seriedad y de la formalidad del Sr. Ortiz de Zárate.

¿Qué quiere S.S. que conteste a esto? ¿Qué se devuelva la escopeta? Pues bueno, yo diré que se le devuelva; y, en último resultado, yo tengo algunas, y si le hiciere mucha alta y fuera urgente le mandaría una desde aquí. [1.750]

Tercera pregunta. Que se permita a los predicadores libertad para predicar; pues la pueden tener más grande? ¿Quién se mete con ellos? Y muchos motivos habría para meterse con algunos que, créame el señor Ortiz de Zárate, predican lo que no deben y lo que no pueden predicar. Pero, en fin, el Gobierno en eso nada hace. Que algún predicador ha cometido delito, porque

pudiera cometerlo, a no ser que S. S crea que un predicador no puede cometer un delito; a no ser que S. S. crea que todos los predicadores son impecables; que hay un predicador que comete un delito en el ejercicio de su profesión o de cualquiera otra manera, y que los tribunales lo persiguen; pues el Gobierno no tiene en eso nada que hacer ni el Ministro de la Gobernación tampoco. Y eso de que digamos nosotros a los jueces, fiscales, empleados y tribunales que sean justos, eso no lo debe decir el Gobierno, porque ese es su deber: sean justos los predicadores, no se salgan de su ministerio en el púlpito, sean sobre todo prudentes y no se verán algunos en el caso en que se ven, que yo lo ignoro, yo no lo sé, a mí no me corresponde averiguarlo. Por lo demás, el pedir libertad para los predicadores es tanto como suponer que hay reglas que restringen la libertad del predicador. No hay semejante cosa, al menos por parte de la autoridad civil: por parte de la autoridad eclesiástica tiene algunas y no las cumplen siempre algunos sacerdotes, porque traspasan los límites que las leyes eclesiásticas tienen establecidos, y no las cumplen en muchos casos y en muchas partes, incluso en Madrid, y sin embargo, el Gobierno no toma sobre eso determinación alguna. Yo, pues, le digo al Sr. Ortiz de Zárate que el predicador tiene amplísima libertad por parte del Gobierno, y que el Gobierno nada ha hecho para restringir en poco ni en mucho esa libertad; pero que si en algún pueblo el predicador se ha excedido y ha comprometido los intereses del clero y ha increpado desde el púlpito a algunos particulares, a algunas familias o a las instituciones del país, y ha cometido un delito por el cual se le persigue, el Gobierno nada tiene que ver con eso: es un delito común, cuya persecución toca a los tribunales, y el Gobierno deja en completa libertad al poder judicial.

Creo que para mí no hay ninguna otra de las muchas preguntas que S. S. ha hecho, porque de los apuntes que he tomado aparecen hasta seis. De manera que resulta que no debe S. S. preocuparse por la cuestión de los catedráticos; que por la cuestión de la escopeta debe preocuparse menos; y por último, que los predicadores tienen completa libertad para predicar dentro de su ministerio todo lo que tengan por conveniente.



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